Sábado, 24 de enero de 2026 – 11:38 WIB
Yogyakarta, VIVA – Un estudiante demandó ante la Corte Constitucional la Ley de Tránsito y Transporte Vial (UU LLAJ) por su experiencia de ser víctima de un accidente por cenizas y colillas en la vía.
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Muhammad Rehan Alfarizik, estudiante de la Universidad Muhammadiyah de Yogyakarta (UMY), presentó una revisión judicial del artículo 106 de la Ley LLAJ después de sufrir un accidente de tráfico debido al comportamiento peligroso de otro conductor.
“Las normas del artículo 106 de la Ley LLAJ son muy generales y no brindan una protección real para la seguridad de los usuarios de la vía”, dijo Rehan el sábado 24 de enero de 2026.
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Según Rehan, el artículo 106 de la Ley LLAJ, que exige a los conductores conducir con naturalidad y plena concentración, no proporciona seguridad jurídica en relación con acciones peligrosas en la carretera.
Creen que estas disposiciones no regulan estrictamente el comportamiento que tiene el potencial de dañar a otros usuarios de la vía, incluido fumar mientras se conduce.
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Luego, Rehan habló sobre el accidente del 23 de abril de 2025 en Pantura Road. En ese momento, el conductor del coche que iba delante fumaba mientras conducía y arrojó la ceniza del cigarrillo varias veces a la carretera.
“La primera vez que tiró la ceniza del cigarrillo, toqué la bocina. La segunda vez, toqué la bocina otra vez. Pero la tercera vez, tiró la colilla y todavía estaba encendida”, dijo Rehan.
La colilla del cigarrillo encendido golpeó el ojo, la sien y la mano de Rehan. Como resultado, recibió una descarga eléctrica y redujo la velocidad de su vehículo. Sin embargo, otro auto vino por detrás y lo golpeó hasta hacerlo caer, mientras su motocicleta fue arrastrada debajo del vehículo.
Con base en esa experiencia, Rehan evaluó que el país no estaba presente de manera óptima para garantizar la seguridad de los ciudadanos en la carretera. Se refiere al artículo 28G, apartado 1, de la Constitución de 1945, que garantiza el derecho a la seguridad y a la legítima defensa, así como al artículo 28D, apartado 1, que garantiza la seguridad jurídica.
“Las normas poco claras hacen que parezca que el Estado descuida la seguridad de los ciudadanos. A menos que se confirmen las normas, las prácticas viales peligrosas se darán por sentado”, afirmó.
El martes 20 de enero de 2026, el Tribunal Constitucional (MK) de Yakarta escuchó por primera vez la solicitud de revisión de fondo.
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En su petición, Rehan no pidió que se eliminara el artículo 106 de la Ley LLAJ, sino que se interpretara condicionalmente para regular más estrictamente la prevención de conductas peligrosas al conducir.








