El proyecto de ley Viksit Bharat Shiksha Adhishthan de 2025, que busca crear un organismo coordinador con tres juntas para realizar funciones regulatorias, establecimiento de estándares y acreditación para la educación superior, no otorga ningún poder para otorgar subvenciones a su junta reguladora.
Sin embargo, otorga al consejo regulador el poder de imponer sanciones a las instituciones de educación superior por violaciones de la ley, que van desde un mínimo de 10 rupias lakh a 2 millones de rupias. La pena máxima se aplicará en los casos en que se establezca una institución sin la aprobación del centro o del Estado interesado.
El organismo regulador que creará el proyecto de ley incluye las funciones de la Comisión de Becas Universitarias (UGC), el Consejo Panindio para la Educación Técnica (AICTE) y el Consejo Nacional para la Formación Docente (NCTE). El proyecto de ley prevé la derogación de la Ley UGC de 1956, la Ley AICTE de 1987 y la Ley NCTE de 1993, y la disolución de estos órganos.
La Ley UGC de 1956 permitió a la comisión imponer multas de un máximo de sólo 1.000 rupias. También le dio a la UGC el poder de distribuir subvenciones a las universidades establecidas en virtud de la Ley Central, así como a otras universidades. Mediante reglamento, la Ley también facultó a la UGC para determinar cuestiones relacionadas con honorarios.
La Ley AICTE permitió al Consejo distribuir subvenciones de sus fondos a instituciones artísticas y fijar reglas y pautas para las tarifas.
No mencionó las facultades relacionadas con los honorarios.
El proyecto de ley de 2025 no menciona competencias relacionadas con las tarifas. Con respecto a la financiación de las instituciones de educación superior, las notas relativas a las disposiciones del proyecto de ley dicen lo siguiente: “Se propone mantener la financiación de los institutos de educación superior financiados centralmente fuera del ámbito del Vixit Bharat Shiksha Adishthan. La Política Nacional de Educación 2020 también prevé que la función de financiación debe separarse de las juntas que desempeñan las funciones de establecer estándares académicos, regulación y acreditación. De esta manera, para garantizar que la Junta de Normas, la Junta Reguladora y la Junta de Acreditación cumplan plenamente con sus funciones prescritas y De este modo se garantiza la función de desembolso de subvenciones a instituciones de educación superior financiadas centralmente.” A través de los mecanismos establecidos por el Ministerio de Educación.
Se supone que el proyecto de ley está en consonancia con las disposiciones de la Política Nacional de Educación (PNE) 2020, que exige el establecimiento de un regulador único de la educación superior.
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El proyecto de ley prevé el establecimiento de un comité, Vixit Bharat Shiksha Adishthan, que “proporcionará dirección” para el crecimiento de la educación superior y la coordinación entre tres juntas: el Consejo Regulador (Vixit Bharat Shiksha Viniyaman Parishad), la Junta de Normas (Vixit Bharat Shiksha Manak Parishad) y el Consejo de Acreditación (Vixit Bharat Shiksha Junvata Parishad).
El comité tendrá un presidente (una persona eminente designada por el Presidente de la India siguiendo las recomendaciones del gobierno central) y no más de 12 miembros, incluidos los jefes de las tres juntas, el Secretario de Educación Superior del Ministerio de Educación, dos profesores de instituciones gubernamentales de educación superior y cinco expertos. Las tareas del comité incluirán desarrollar una hoja de ruta para transformar las instituciones de educación superior en grandes instituciones multidisciplinarias y de investigación; Desarrollar una hoja de ruta para integrar “Conocimientos, Lenguajes y Artes de Bharatiya” en la educación superior; Formular y proponer planes relacionados con la educación.
¿Quiénes estarán en los tres consejos?
Los tres consejos estarán encabezados por presidentes – figuras eminentes de la educación superior con al menos 10 años de experiencia como profesores – designados por el Presidente de la India por recomendación de un comité de búsqueda y selección compuesto por dos expertos designados por el Centro y el Secretario de Educación Superior del Ministerio de Educación.
Los demás miembros del comité y de los consejos son nombrados por el Presidente de la India según las recomendaciones del Centro. Cada consejo tendrá hasta 14 miembros.
Tanto el Consejo Regulador como el Consejo de Normas estarán integrados por dos académicos con rango no inferior al de Profesor, un académico de una institución estatal de educación superior y un candidato de los estados/territorios de la Unión con carácter rotatorio (por un período de un año, en la forma prescrita por el Centro). El consejo de acreditación incluirá académicos de instituciones gubernamentales de educación superior y tres instituciones de importancia nacional.
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Un proyecto de ley redactado en 2018 para reemplazar la UGC por la Comisión de Educación Superior de la India (HECI) proponía establecer un consejo asesor encabezado por el ministro HRD y miembros de las juntas estatales de educación superior. El actual proyecto de ley no menciona los consejos estatales de educación superior.
El Consejo Regulador, el regulador conjunto de la educación superior, desempeñará funciones que incluyen garantizar que todas las instituciones de educación superior logren la acreditación e independencia totales de manera gradual y proporcionar una divulgación pública completa en línea y fuera de línea de las finanzas, cursos y otros detalles de las instituciones en un sitio web mantenido por el Consejo. Otras tareas incluyen garantizar el cumplimiento de estándares mínimos para el establecimiento y funcionamiento de instituciones de educación superior; Facilitar la independencia de las instituciones de educación superior; Establecer criterios para que universidades extranjeras seleccionadas operen en la India; Licenciar a las instituciones de educación superior acreditadas para otorgar títulos académicos, y cancelar esta licencia en caso de violar las disposiciones de la ley.
“El Consejo Regulador tomará las medidas necesarias para facilitar que las universidades alcancen los estándares de acreditación requeridos y eventualmente se conviertan en universidades independientes que otorgan títulos”, establece el proyecto de ley.
El Consejo de Acreditación tiene como objetivo supervisar el sistema de acreditación: desarrollará un “marco de acreditación institucional” que se utilizará para evaluar y acreditar las instituciones de educación superior. Los datos contenidos en la página web mantenida por el Consejo Regulador también serán la base para la acreditación.
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El Consejo de Estándares desarrollará un marco de resultados de aprendizaje para programas de educación superior, junto con un marco de calificaciones, estándares académicos, estándares mínimos para el establecimiento de instituciones de educación superior y calificaciones para el personal institucional.
La decisión del centro es definitiva.
El proyecto de ley establece que en caso de desacuerdo entre el Centro y cualquiera de los órganos constituidos por el proyecto de ley, sobre si la cuestión es una cuestión de política o no, la decisión del Centro será definitiva. El Centro, con la aprobación del Presidente de la India, también puede reemplazar el órgano o los consejos por un período no superior a seis meses.
Los estándares y regulaciones establecidos por UGC, AICTE y NCTE continuarán hasta que la ley prescriba nuevos estándares. El Presidente y demás funcionarios de estos órganos deberán dejar sus cargos antes de la disolución de estos órganos, y podrán reclamar una indemnización por la terminación de su cargo. Quienes trabajan para UGC, AICTE y NCTE se consideran empleados de la comisión o juntas.
La declaración de objetivos y motivos del proyecto de ley establece que la expansión del sistema de educación superior “vio el establecimiento de numerosos organismos reguladores estatutarios, que requirieron múltiples aprobaciones por parte de las instituciones de educación superior, inspecciones, etc., lo que resultó en una sobrerregulación del sector y una duplicación de la supervisión”. Señala la necesidad de un régimen regulatorio simplificado y agrega que la NEP 2020 prevé un marco regulatorio “ligero pero sólido”.
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“Se eliminarán los desafíos actuales que enfrentan las instituciones de educación superior debido a la multiplicidad de reguladores con protocolos de aprobación regulatoria no coordinados. Todo el sistema regulatorio se implementará a través de un sistema interactivo de ventanilla única, impulsado por tecnología para instituciones de educación superior basado en la autodivulgación pública”, dice el comunicado.
El proyecto de ley no se aplicaría a programas e instituciones médicas, legales, farmacéuticas, dentales y veterinarias. Sin embargo, propone que el Consejo de Arquitectura, que se creó en virtud de la Ley de Arquitectos de 1972 para regular la educación arquitectónica, tuviera representantes en los tres consejos previstos en el proyecto de ley, pero no tendría ninguna función reguladora.
















