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Se dice que el nombramiento de Adis Qadir como juez del Tribunal Constitucional es válido según la Constitución de 1945.

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Sábado, 31 de enero de 2026 – 19:32 WIB

Yakarta, VIVA – La controversia sobre el nombramiento de Adis Qadir como juez del Tribunal Constitucional (MK) en el Consejo Representativo del Pueblo (DPR) se considera sin discusión política.

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Constitucional y constitucionalmente, este proceso ha sido declarado legal y tiene una base sólida. El profesor Henry Indraguna de la Universidad Islámica Sultan Agung (Unisula) Semarang dio esta información.

Enfatizó que el derecho de la Cámara de Representantes a nominar candidatos para jueces del Tribunal Constitucional es un derecho cualitativo que está claramente regulado en la Constitución de la República de Indonesia de 1945.

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“La base constitucional se atribuye a la autoridad de la RPD, el artículo 24C, párrafo (3) de la Constitución de 1945 de la República de Indonesia establece claramente que el Tribunal Constitucional está compuesto por nueve jueces constitucionales nombrados por el Presidente, tres cada uno designado por la RPD, el Presidente y el Tribunal Supremo”, dijo a la Corte Suprema el 62 de enero de 2016.

Según los doctorados de la Universidad de Borobudur y de la Universidad Sebelas Maret (UNS), la formulación de la constitución es a la vez una limitación y un atributo. Esto significa que la RPD no sólo participa, sino que tiene el derecho constitucional directo de nominar candidatos a jueces del MK.

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El juez consideró que la acusación no cumplía los requisitos y cerró el proceso contra Budi sobre la base del nuevo código penal.

“En la Constitución de 1945 no hay una sola palabra que restrinja el origen personal de los candidatos a jueces del MK en la RPD, siempre que provengan del mecanismo legal interno de la RPD”, dijo.

Destacó que mientras la RPD ejerza su autoridad según la Constitución de 1945 y la Ley del Tribunal Constitucional, la legalidad del nombramiento de los jueces del MK no puede ser cuestionada legalmente.

Además, este derecho constitucional está consagrado en la Ley núm. 24 de 2003, modificada por última vez por la Ley núm. 7 de 2020 relativa al Tribunal Constitucional.

“El artículo 15 de la Ley del Tribunal Constitucional establece requisitos para los jueces del Tribunal Constitucional, incluidos ciudadanos indonesios, licenciados en derecho, al menos 47 años de edad, al menos 15 años de experiencia en el campo jurídico, integridad, personalidad de gobernante y dominio de la constitución”, dijo.

Henry enfatizó que la Ley del Tribunal Constitucional nunca prohíbe el nombramiento de líderes o miembros de la RPD como jueces constitucionales. La prohibición regulada por la ley de que una persona sea nombrada juez del Tribunal Constitucional se refiere al ejercicio efectivo de varios cargos.

“Mientras el candidato renuncie a sus cargos políticos y partidistas antes de la toma de posesión, no se viola ninguna ley”, afirmó.

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En respuesta a las críticas sobre la posible interferencia con la independencia del Tribunal Constitucional debido a los antecedentes políticos de los posibles jueces, Henry evaluó que esta suposición era ideológicamente incorrecta.



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