Martes 27 de enero de 2026 – 16:22 WIB
Jacarta – La RPD de RI aprobó ocho puntos para acelerar las reformas policiales como resultado de las conclusiones de la Comisión III de la RPD de RI, uno de los cuales establece que la función de la policía permanece bajo el Presidente y no como un ministerio.
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Se acordó en la 12ª Reunión Plenaria de la Sesión III para la Sesión 2025-2026 el martes 27 de enero de 2026 en el Complejo Parlamentario, Senayan, Yakarta Central.
“Ahora, permítanos preguntarle al Honorable Consejo, con respecto al informe de la Comisión III de la RPD de RI, sobre los resultados de las discusiones sobre el ritmo de la reforma policial, ¿puede aprobarlo?” Dijo el vicepresidente de la RPD de la República de Indonesia, San Mustopa.
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También fue aprobado por los concejales presentes.
“De acuerdo”, dijeron todos los miembros de la RPD en el pleno.
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Mientras tanto, la Comisión III de la RPD Habiburokhman solicitó que los 8 puntos para la velocidad de la reforma policial se conviertan en una decisión vinculante entre la RPD de RI y el gobierno, que debería ser implementada por el gobierno con base en las disposiciones de la ley.
A continuación se presentan los ocho puntos para acelerar las reformas policiales, firmados por el Jefe de la Policía Nacional, General de Policía Listio Sigit Prabowo:
1. La Comisión III confirma que la posición de la Policía Nacional bajo la dirección del Presidente es directa y no adopta la forma de un Ministerio encabezado por el Jefe de la Policía Nacional de la República de Indonesia (Kapolari), nombrado y destituido por el Presidente. VII/MPR/2000 y leyes y reglamentos aplicables.
2. La Comisión III de la RPD RI apoya al máximo el trabajo de Kompolnas para ayudar al Presidente a determinar la dirección estratégica de la Policía Nacional de la República de Indonesia y para ayudar al Presidente a nombrar y destituir al Jefe de la Policía Nacional según lo regulado en el artículo 8 del TAP MPR No. VII/MPR/200.
3. La Comisión III de la Cámara de Representantes de Indonesia enfatizó que el nombramiento de miembros de la Policía Nacional de Indonesia (Polari) para puestos fuera de la estructura organizativa de Polari puede realizarse con base en el Reglamento de Policía No. 10 de 2025, ya que está de conformidad con el artículo 30, párrafo (4) de la Constitución de 1945 y que esta ley será modificada.
4. La Comisión III de la Cámara de Representantes mejorará la supervisión de la Policía Nacional con base en el artículo 20A de la Constitución de RI de 1945 y solicitará que se fortalezca la supervisión interna de la Policía Nacional mediante la reforma de la Oficina Wasidic, la Inspección y el Propam.
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5. La Comisión III de la Cámara de Representantes de Indonesia destacó que la planificación y preparación del presupuesto de la policía nacional se realiza actualmente utilizando principios ascendentes (de abajo hacia arriba), es decir, partiendo de las necesidades propuestas y de cada unidad funcional de la categoría de la Policía Nacional que se ajusta al límite presupuestario del Ministerio de Finanzas y todos los presupuestos se convierten en el presupuesto nacional. La DIPA de la policía está muy en línea con el espíritu de la reforma polar y debe mantenerse guiando el mecanismo de preparación del presupuesto regulado en PMK No. 62 de 2023 y PMK No. 107 de 2024.

















