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Dar impunemente medicamentos abortivos a víctimas de violación

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Martes 2 de diciembre de 2025 – 15:04 WIB

Jacarta – El Proyecto de Ley de Ajuste Penal añade nuevas disposiciones relativas a la provisión de medicamentos para abortar embarazos a víctimas de violación que tengan ciertas condiciones que no pueden ser castigadas.

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La propuesta fue presentada el lunes 1 de diciembre de 2025 por la Comisión III de la Cámara de Representantes durante una reunión de discusión sobre el proyecto de ley de ajuste penal.

Para empezar, en la reunión se discutió la cuestión de la Sección 251 que prevé una pena de cárcel de hasta 4 años o una multa para quien dé o pida a una mujer que tome medicamentos abortivos.

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“Según el artículo 251, párrafo 1, quien administre un medicamento y pida a una mujer que se lo dé con la esperanza de que pueda inducir un aborto, será castigado con una pena de prisión de un máximo de cuatro años o una multa de cuarta categoría con un máximo”, dijo el organismo de expertos de la RPD al leer el artículo en una reunión celebrada en la sala central del Sena el martes. 2 2025.

Posteriormente, el grupo Nasdame propuso una frase adicional en el artículo 251, según la cual la administración de un medicamento por una persona que espera que se aborte su embarazo puede estar sujeta a cargos penales.

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También se propone que a quien lo haga para realizar su negocio, se le puedan revocar sus derechos.

“Si alguna persona mencionada en el párrafo 1 comete este acto en el ejercicio de su negocio, podrá ser sancionada adicionalmente con la revocación de los derechos a que se refiere el artículo 68 letra F”, dijo.

El grupo panista hizo entonces una excepción con la administración de medicamentos abortivos.

Donde las víctimas de actos criminales de violación o violencia sexual puedan recibir medicamentos abortivos que conduzcan al embarazo.

“En el párrafo 3, la ley mencionada en el párrafo 1 excluye el suministro de medicamentos a las mujeres que hayan cometido un acto criminal de violación o violencia sexual que no exceda las 14 semanas de embarazo o que indique una emergencia médica”.

En respuesta a esto, el Viceministro de Derecho (Wamenkum) Edward Omar Hiriage o Eddie Hiriage acordó incluirlo. Este aporte, dijo, es consistente con los artículos existentes relacionados con el aborto en el Código Penal.

“Hemos aceptado la sugerencia de Nasdem y PAN de agregar el párrafo 3 para que esté en línea con el artículo sobre el aborto en el otro artículo. Así que es cierto. Estamos de acuerdo”, dijo Eddy.

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